1- ALQUILER – RESERVA
La orden de reserva tiene una validez de 10 días después de haberla recibido. El alquiler será definitivo cuando AQUITAINE NAVIGATION le confirme al arrendatario su reserva, después de haber recibido el anticipo previsto
EL PAGO FINAL del alquiler indicado en la confirmación de reserva, se efectuará 6 semanas antes de la salida y sin advertencia del arrendador.
DOCUMENTOS: Al recibir el saldo, el arrendador enviará al arrendatario los documentos pertinentes.
Todo alquiler realizado con menos de 42 días (6 semanas) de antelación a la salida, deberá ser abonado en su totalidad al momento de reservar.
Cualquier gasto bancario irá a cargo del arrendatario.
2- APTITUD
El jefe de la tripulación debe ser mayor de edad y es el responsable del barco y de las personas que naveguen con él. Se permite la conducción del barco por menores a partir de los 16 años, solamente bajo vigilancia y responsabilidad de una persona mayor indicada en la « carte de plaisance » (contrato de navegación) como titular y habiendo participado en las instrucciones de navegación.
El responsable de la tripulación debe ser acompañado como mínimo de una persona mayor de 16 años para garantizar la conducción del barco y efectuar las maniobras.
El arrendador se reserva el derecho a denegar la entrega del barco si el responsable no parece apto para asumir sus responsabilidades, aún si éste presente referencias o licencias de navegación.
En este caso, el arrendador podrá anular el contrato sin que ninguna de las sumas pagadas sea restituida.
El responsable de la tripulación se hará cargo del barco después de cumplir con las formalidades (fianzas, inventario), recibir los documentos administrativos e instrucciones necesarias de navegación.
El arrendatario deberá cumplir con la reglamentación de navegación fluvial vigente y las instrucciones que reciba del arrendador y de las autoridades.
El arrendatario se compromete a embarcar el número de personas autorizadas, a utilizar el barco para la navegación de recreo y respetar las limitaciones de velocidad. Está prohibido remolcar, la navegación nocturna, la navegación en el río Garona y en aguas marítimas, prestar y/o alquilar el barco.
3- FIANZAS
Su importe varía según el tipo de barco. Se depositan al momento de embarcar en efectivo, cheque de un banco francés o tarjeta de crédito.
Una parte corresponde a la limpieza, por si el barco no sea devuelto perfectamente limpio (fianza de limpieza : 150 €, o 200 € para los barcos de 10 metros y más)
La otra parte corresponde a la franquicia del seguro del barco (fianza del barco 1000 €, o 1500 € para los barcos de 10 metros y más) y cubre :
- Las perdidas, el deterioro o destrozo del barco o de sus equipos y los gastos de desencallamiento imputables al arrendatario y/o a sus pasajeros ;
- El coste de sustitución de cualquier material desaparecido (perdido o robado) o estropeado respecto al inventario fijado de manera contractual al principio del crucero (véase §5) ;
- Los retrasos en la devolución del barco (véase §16) o los gastos debidos al abandono del barco (véase §15) ;
- El coste del carburante y otros consumibles (véase §6) ;
El arrendador queda autorizado para cargar el importe de la fianza en la tarjeta de crédito del arrendatario al pago de los gastos mencionadas anteriormente.
El arrendatario puede reducir la franquicia de la fianza del barco, suscribiendo la compra de la mitad de la fianza.
4- SEGUROS
El seguro del barco alquilado cubre los daños accidentales al barco o causados a terceros por el barco.
Este seguro no incluye : las personas embarcadas, sus objetos personales, su propia responsabilidad civil; la pérdida o deterioro del material o del equipamiento ; el mal uso del barco por el arrendatario; las bicicletas y su utilización.
El arrendatario queda como su propio asegurador a la altura del importe de la fianza. Podrá suscribir si lo desea del asegurador de su elección uno o varios seguros que cubrirán:
- Interrupción del crucero.
- Accidentes corporales.
El seguro no garantiza la responsabilidad civil del arrendatario ni los daños, pérdidas y otros gastos que resultan, por ejemplo, de un comportamiento culpable, intencional o inexcusable, de conducir en estado de embriaguez y/o bajo la influencia de estupefacientes o de infracción del código de navegación fluvial.
5- EQUIPAMIENTO DEL BARCO
El arrendatario se compromete a informar sobre cualquier pérdida, robo o deterioro del equipamiento del barco y puede verse en la obligación de reembolsarlos.
6- CONSUMIBLES
Están a cargo del arrendatario los carburantes, lubricantes, gas, equipamiento motor, y en un modo general todos los consumibles necesarios para el funcionamiento y mantenimiento del barco durante todo el tiempo del alquiler. La tarifa aferente a estos puestos está indicada a valoración del arrendador, y queda sometida a las fluctuaciones del mercado. Las eventuales tasas de amarre o gastos de aparcamiento están a cargo del arrendatario y dependen de las escalas seleccionadas.
7- BICICLETAS
El arrendatario custodia las bicicletas que están bajo su entera responsabilidad. En caso de robo, el arrendatario está obligado a hacer la declaración ante las autoridades policiales competentes y proporcionarle al arrendador el original del atestado correspondiente. El arrendatario o cualquier persona utilizando con su acuerdo una de las bicicletas alquiladas, es el único responsable de los accidentes o daños causados o sufridos por el uso de dichas bicicletas.
8- ANULACIÓN
Por el arrendatario:
Si el arrendatario se ve forzado a cancelar el alquiler, debe avisar al arrendador por escrito.
Los gastos retenidos son los siguientes:
- Más de 12 semanas antes de la salida: 15 % del importe del alquiler con un mínimo de 150€.
- De 6 a 12 semanas antes de la salida: 40 % del importe del alquiler con un mínimo de 150€.
- Menos de 6 semanas antes de la salida: 100% del importe del alquiler.
Por el arrendador:
Si por circunstancias involuntarias al arrendador, éste no pudiese facilitar al arrendatario el barco alquilado, se verá en la obligación a intentar facilitarle un barco similar en confort y capacidad.
En caso de imposibilidad de reemplazar el barco en el plazo convenido, el arrendador reembolsará el importe del alquiler excluyendo cualquier otra suma, así como los posibles daños y perjuicios ocasionados.
9- SEGURO DE ANULACIÓN
El seguro de anulación representa el 5% del precio del alquiler del barco. Es un seguro facultativo pero aconsejado. Garantiza al asegurado el reembolso de las sumas pagadas y empieza automáticamente cuando el arrendador ha registrado su reserva. Para ser válido, el arrendatario tiene que indicar al reservar todos los nombres de la tripulación y pagar la totalidad del seguro de anulación. Le protege en caso de anulación antes de la salida por una de las causas siguientes: enfermedad grave necesitando una inmovilización en cama, accidente grave que pueda impedir los desplazamientos por sus propios medios, defunción de un participante de la tripulación, o de unos de sus parientes cercanos: a saber cónyuge, ascendientes, descendientes, hermanos/as, cuñados/as, yerno, nuera. Se extiende a todos los miembros de la tripulación. En caso de anulación, el importe del seguro y los gastos de expediente (150 €) no serán reembolsados. El origen de la causa de anulación no debe ser en ningún caso anterior a la fecha de reserva.
10- MODIFICACIÓN
Todo perjuicio que resulte de un cambio (de fecha, de barco o de región) solicitado por el arrendatario y aceptado por el arrendador será asumido en su totalidad por el cliente. Los gastos se determinarán sobre las bases retenidas para la anulación (véase • 8).
11- TRAYECTO SOLO DE IDA
En caso de un trayecto "sólo de ida" los puertos de embarque y desembarque pueden ser permutados. Asimismo, un trayecto "sólo de ida" puede ser convertido en un trayecto "ida y vuelta", por motivos independientes de la voluntad del arrendador. En este último caso, sólo el importe correspondiente al suplemento "sólo de ida" será reembolsado.
Es obligatorio llamar 48 horas antes del día de salida para confirmar el trayecto "sólo de ida" y el sentido del mismo.
Estas modificaciones no podrán ser, en ningún caso, causa de anulación ni de indemnización.
12- INTERRUPCIÓN O RESTRICCIÓN DE NAVEGACIÓN
Solo los lugares de embarque y de devolución son contractuales (salvo excepciones previstas al §11), la ruta no está garantizada.
El arrendador no será responsable de cualquier indemnización en caso de interrupciones o restricciones de navegación debidas a razones distintas a su voluntad: obras, crecidas, sequía, huelgas, órdenes administrativas, cierre de las esclusas durante dias festivos, etc...
Si estos acontecimientos conllevan al paro total de la navegación, sea, el arrendador puede modificar el lugar, la fecha de salida y llegada del crucero, proponiendo un barco equivalente o más grande; sea las cantidades cargadas pueden ser utilizadas para otro crucero posterior convenido entre las partes. Al no ser el caso, serán conservadas por el arrendatario.
Si los acontecimientos se producen durante el crucero y estos conllevan al paro total de la navegación y la pérdida de uno o más días, las sumas pagadas pueden ser utilizadas para otro crucero posterior en la misma base de salida y durante la misma temporada. Al no ser el caso, estarán conservadas por el arrendatario.
En caso de fuerza mayor con salida de Buzet, el barco podrá navegar sobre el Canal de Garona, sin conllevar la anulación del crucero reservado.
13- AVERÍAS
El arrendador pone a disposición del arrendatario un servicio de reparación gratuito que le asistirá tras una simple llamada, durante las horas de servicio. No obstante, este servicio de reparación deberá pagarse en caso de comportamiento culpable del arrendatario.
Averías no imputables al arrendatario:
La imposibilidad de navegación ocasionada por una avería no imputable al arrendatario será objeto de un reembolso a prorrata del tiempo del alquiler no cumplido. En este caso existe una franquicia de 24 horas.
Averías imputables al arrendatario:
Si se demuestra que la avería del barco es imputable al arrendatario, éste no tendrá derecho a indemnización.
El arrendador se reserva el derecho a retener la cantidad depositada (fianzas) como franquicia para cubrir los gastos de reparación del barco.
14- DETERIOROS - ACCIDENTES
Ninguna reclamación es posible en caso de accidente ocasionado por negligencia del arrendatario.
El arrendatario deberá informar inmediatamente al arrendador sobre cualquier siniestro. Este le informará sobre los pasos a seguir.
El arrendatario no deberá reparar o hacer reparar los daños y/o averías sufridas por el barco, sin acuerdo con el arrendador.
El arrendatario se compromete a rellenar el atestado de accidente y hacerlo completar y firmar por las terceras partes.
Los siniestros no imputables al arrendador no podrán ser objeto de indemnización en caso de que estos supongan la interrupción del crucero.
15- ABANDONO DEL BARCO
En caso de abandono del barco, excepto en caso súbito y prolongado de impraticabilidad de la vía de agua, el arrendatario facturará al arrendador los gastos de repatriación del barco hacia la base de llegada, según un costo fijo por día de 100 €, más los gastos de carburante y limpieza.
16- RESTITUCIÓN
El barco deberá ser devuelto en el lugar, día y hora convenidos, excepto en caso de fuerza mayor: el responsable de la tripulación tendrá que prever un margen de seguridad que le permita garantizar el respeto de la hora de devolución.
El barco será devuelto al arrendador en el estado en que fue entregado y tras repasar el inventario inicialmente realizado.
Si ha contratado la opción "Limpieza", al arrendatario deberá igualmente sacar la basura, lavar y guardar la vajilla y quitar la ropa de cama.
El arrendatario será responsable de cualquier gasto ocasionado por el retraso en la devolución: cada día de retraso dará derecho a una indemnización equivalente al precio habitual del alquiler por día, aumentada de los gastos que el arrendador deberá pagar al siguiente arrendatario.
17- ANIMALES DOMÉSTICOS
Los animales domésticos son bienvenidos a bordo. Un suplemento de 40 € será pedido al arrendatario al embarque. El arrendatario deberá proveerse todos los accesorios necesarios (comedero, manta...), velar por la seguridad del animal y de que no cree ningún perjuicio.
18- VEHlCULOS
Los vehículos pueden ser aparcados en un aparcamiento público gratuito, o en un aparcamiento cerrado no vigilado. El arrendador declina toda responsabilidad en cuanto a los daños o robos causados a los vehículos o a su contenido.
19- JURISDICCIÓN
En el marco de la normativa 90-314 del 13 de Junio de 1990 del Concejo de la Comunidad Europea, el alquiler no constituye un «Forfait touristique».
Solo el tribunal de Comercio del lugar de embarque será competente en caso de disputa (Convención de Bruselas 21/09/68, art. 5/1).
Las modalidades de ejecución de un contrato de alquiler dependen únicamente de la base de embarque, cada base siendo un arrendador independiente.
En virtud del artículo L.228-18 del código de consumo, el arrendatario habiendo reservado por teléfono o por internet con Aquitaine Navigation, no tiene derecho a la retractación tal como previsto en el artículo L.221-18 del mismo código.